3. ¿Qué es el Padrón de Importadores y Exportadores?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la Administración de Padrón de Importadores, adscrita a la Administración General de Aduanas, es la encargada de crear el Padrón de Importadores, con el fin de combatir la evasión fiscal, fomentar el control de operaciones de comercio exterior, evitar la economía informal y fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, así como prevenir y detectar diferentes prácticas de fraude aduanero que afectan tanto al fisco federal como a los sectores productivos del país, incluyendo al contrabando.

¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y personas morales que pretendan importar mercancías a territorio nacional.

¿Dónde se presenta?
A través del Portal del SAT, accediendo al Apartado de: Trámites > RFC > Importadores y Sectores Específicos > Inscripción, con el uso de tu e-firma o contraseña.

Requisitos:
No se requiere presentar documentación.

Condiciones:

1. Estar inscrito y activo en el RFC.
2. Contar con e-firma vigente.
3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
* Para efecto de lo anterior, se validará entre otros:
 La constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código Fiscal, debe estar en sentido positivo.
 No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
1. El domicilio fiscal debe encontrarse como localizado en el RFC o en proceso de verificación.
2. El estatus del Buzón Tributario debe encontrarse como “Validado”.
3. Contar con un agente aduanal, apoderado aduanal y/o representante legal que realice sus operaciones de comercio
exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.